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Funciones de las Comisiones
Comisión Especial de Cuentas: Composición y funcionamiento:
D. César Álvarez Fernández (PRESIDENTE)
D. Pablo Fernández Abuín (PSOE)
Dª Rocío Garay Barcia (PSOE)
D. José Antonio Castro Álvarez (PP)
Dª Ana Belén Prieto López (PP)
D. Virgilio López Rico (FORO)
D. Gerardo Álvarez Pastur (IU)
Corresponde a la Comisión Especial de Cuentas el examen, estudio e informe de todas las cuentas, presupuestarias y extrapresupuestarias que deba aprobar el Pleno de la Corporación. Las Cuentas Anuales se someterán antes del 1 de junio a su informe.
Comisiones Informativas: Composición y funcionamiento:
Comisión informativa de igualdad, bienestar social y mayores:
D. César Álvarez Fernández (PRESIDENTE)
Dª Guadalupe García Miranda (PSOE)
D. Pablo Fernández Abuín (PSOE)
Dª Ana Belén Prieto López (PP)
D. Óscar Rodríguez Villar (PP)
D. Isaac Puga Díaz (FORO)
D. Gerardo Álvarez Pastur (IU)
Comisión informativa de obras, medioambiente y urbanismo:
D. César Álvarez Fernández (PRESIDENTE)
Dª Concepción Pérez Lamelas (PSOE)
D. Pablo Fernández Abuín (PSOE)
D. Jose Antonio Castro Álvarez (PP)
D. Óscar Rodríguez Villar (PP)
D. Virgilio López Rico (FORO)
Comisión informativa de cultura, comercio, educación, turismo, innovación, juventud, participación ciudadana y deportes:
D. César Álvarez Fernández (PRESIDENTE)
Dª Rocío Garay Barcia (PSOE)
D. Pablo Fernández Abuín (PSOE)
D. Óscar Rodríguez Villar (PP)
Dª Ana Belén Prieto López (PP)
D. Virgilio López Rico (FORO)
D. Gerardo Álvarez Pastur (IU)
Comisión informativa de medio rural, agricultura, ganadería y montes:
D. César Álvarez Fernández (PRESIDENTE)
Dª Concepción Pérez Lamelas (PSOE)
Dª Rocío Garay Barcia (PSOE)
D. Jose Antonio Castro Alvarez (PP)
Dª Ana Belén Prieto López (PP)
D. Virgilio López Rico (FORO)
D. Gerardo Álvarez Pastur (IU)
Tienen como función el estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno y de la Junta de Gobierno Local cuando ésta actúe con competencias delegadas por el Pleno salvo los declarados urgentes, y asimismo informarán los asuntos competencia propia de la Junta de Gobierno Local y del Alcalde o Presidente, que les sean sometidos a su conocimiento por expresa decisión de aquellos (art. 123 Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales).